Separacion Mutuo Acuerdo
La separación de mutuo acuerdo es aquella que se produce por voluntad de ambos cónyuges y se decreta por el Juez. Así, el artículo 81 del Código Civil establece que "A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio Ampliar la noticia